Publicado el 02 Oct 2026. Leer este artículo te llevará menos de 11 minutos
Legalizar una instalación de autoconsumo fotovoltaico tiene una serie de protocolos que no siempre son fáciles para alguien que no esté acostumbrado a tratar con la Administración. Mientras tú piensas en cuánta energía vas a producir o cuánto puedes ahorrar en tu factura, aparecen términos como memoria técnica, boletín eléctrico, registro, distribuidora...
La buena noticia es que no tienes que convertirte en experto en normativa energética para instalar placas solares. En este artículo te explicamos qué significa legalizar una instalación fotovoltaica, qué pasos pueden formar parte del proceso, qué documentación puede ser necesaria y qué diferencias existen entre las principales modalidades de autoconsumo.
Índice de Contenidos
Sí. Una instalación fotovoltaica conectada a una vivienda, empresa o red eléctrica debe cumplir los requisitos técnicos y administrativos que correspondan y quedar correctamente puesta en servicio y registrada según el procedimiento aplicable.
El Real Decreto 244/2019 establece el marco de las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo y diferencia entre instalaciones sin excedentes y con excedentes. Además, contempla el autoconsumo individual y colectivo. Hoy más que hablar de un único proceso de legalización, vamos a explicarte qué recorrido corresponde a cada tipo de instalación.
Estos son los diferentes estados legales por los que pasa una instalación fotovoltaica de autoconsumo para poder legalizarla:
Según el caso, podría añadirse alguna variante, como en cuando se instala en comunidades de vecinos o negocios, donde hay que poner de acuerdo a los propietarios y aprobarlo en junta o pedir permisos y ayudas específicas según la actividad, respectivamente.
| Potencia nominal | Documentación requerida |
| ≤ 10 [kWn] |
|
| > 10 [kWn] | ≤ 15 [kWn] |
|
| > 15 [kWn] | ≤ 25 [kWn] |
|
| > 25 [kWn] | ≤ 100 [kWn] |
|
Como se ha visto el proceso de legalización y la documentación requerida puede variar en función de la modalidad de autoconsumo. Recordar que con el nuevo marco normativo definido por el RD 244/2019, aprobado el pasado 5 de Abril de 2022, quedan establecidas las siguientes modalidades de autoconsumo:
Señalar finalmente, que la compensación simplificada de excedentes consiste en la retribución de la producción vertida a red, es decir, será posible acogerse a este sistema si la fuente de energía primaria es de origen renovable y la potencia nominal es inferior a 100 [kWn]; esta potencia es la máxima que se puede entregar, está limitada por el inversor/es en el caso de instalaciones de autoconsumo fotovoltaico.
En esta modalidad puede haber dos casos, el más frecuente, que es el que se acoge a una compensación en la factura de la luz gracias a verter su excedente a la red, y el menos habitual, que es el que no quiere o no puede acogerse a esta compensación económica.
La compensación simplificada permite que determinados consumidores compensen económicamente en su factura parte de la energía excedentaria que vierten a la red. El RD 244/2019 establece, entre otros requisitos, que la fuente de energía primaria sea renovable y que la potencia de producción asociada no sea superior a 100 kW. También establece otras condiciones relacionadas con los contratos y el régimen retributivo.
Imagina una vivienda con placas solares que produce más electricidad de la que está utilizando a mediodía. Esa energía sobrante puede verterse a la red y, si la instalación cumple los requisitos para la compensación simplificada y el consumidor se acoge a ella, su valor económico se tendrá en cuenta en la factura según las condiciones aplicables.
La compensación, eso sí, no significa que la comercializadora vaya a pagar ilimitadamente todos los excedentes. La normativa establece cómo se calcula y limita el mecanismo de compensación simplificada.
Estudio → tramitación técnica → instalación → puesta en servicio → registro → comunicación/modificación contractual → activación de la compensación, cuando corresponda.
*Los plazos de cada etapa pueden depender de la Administración, distribuidora y comercializadora implicadas.
En una instalación sin excedentes, la energía generada se destina al consumo asociado y se instala un sistema que evita que la energía sobrante se vierta a la red.
Una de las ventajas administrativas de esta modalidad es que, cuando se cumplen las condiciones establecidas por la normativa, no es necesario obtener permisos de acceso y conexión para la instalación de generación en los mismos términos que en una instalación con excedentes. El propio RD 244/2019 establece esta simplificación para determinadas instalaciones sin excedentes.
La documentación dependerá de las características de la instalación y de la normativa autonómica aplicable. Entre los documentos que pueden formar parte del expediente están:
Estudio → documentación técnica → instalación → puesta en servicio → registro administrativo.
*Los plazos concretos no son universales: dependen de la comunidad autónoma, del tipo de instalación y de la documentación que sea necesaria.
Es el caso, por ejemplo, de determinadas instalaciones en comunidades de propietarios, aunque también puede aplicarse a otros consumidores que cumplan las condiciones previstas.
Aquí el proceso incorpora una capa adicional de gestión: los participantes deben formalizar y comunicar el acuerdo correspondiente y establecer los criterios de reparto de la energía entre los consumidores asociados. El RD 244/2019 contempla expresamente estos requisitos.
Acuerdo entre participantes → diseño de la instalación → documentación técnica → permisos que correspondan → instalación → puesta en servicio → registro → comunicación de los criterios de reparto → activación del autoconsumo.
Las empresas también pueden acogerse a diferentes modalidades de autoconsumo. Sin embargo, en este caso la potencia, las características de la instalación, la actividad desarrollada y el tipo de conexión pueden hacer que la tramitación sea más compleja.
En instalaciones de mayor potencia pueden ser necesarios proyectos técnicos y documentación adicional, y determinados casos pueden requerir permisos de acceso y conexión, inspecciones u otros trámites que no aparecen en una instalación residencial sencilla.
Además, si se trata de una empresa con consumos elevados, el dimensionamiento de la instalación y la modalidad de autoconsumo pueden tener un impacto importante tanto en la tramitación como en el resultado económico del proyecto.
Estudio de consumos → diseño y dimensionamiento → permisos de acceso/conexión, cuando procedan → proyecto y documentación técnica → autorizaciones → ejecución → puesta en servicio → registro → trámites con distribuidora/comercializadora.
Aunque el titular de la instalación es quien debe asegurarse de que esta cumple la normativa, lo habitual es que la empresa instaladora se encargue de preparar y tramitar buena parte de la documentación.
En SotySolar nos encargamos de llevar a cabo todo el proceso documental y la tramitación de la legalización con Industria.
En el caso de viviendas la redacción y presentación de los documentos suele completarse en un plazo inferior a una semana desde la ejecución de la instalación, si se requiere proyecto el proceso puede alargarse a un par de semanas ya que este tiene que estar visado. Una vez que la documentación llega a Industria, puede alargarse entorno a un mes.
La legalización no cuenta con ningún coste adicional como tal. La gestión por parte de SotySolar está incluida en el precio total de la instalación.

Una instalación aislada funciona de forma diferente a una instalación de autoconsumo conectada a la red. Si realmente no existe conexión eléctrica con la red de distribución, no estamos ante el mismo procedimiento de autoconsumo regulado por el RD 244/2019.
Las condiciones no son iguales para todas las ayudas, y pueden cambiar según el programa, la administración que las convoque, el tipo de instalación y la fecha en la que se realiza la actuación.
En SotySolar podemos ayudarte con la documentación y los trámites incluidos en cada proyecto, pero la concesión de una ayuda siempre dependerá de que se cumplan los requisitos establecidos por la Administración que la convoca.
Te mandamos un estudio personalizado al instante.
Activa tu independencia energética con nuestra SuscripciónSolar
¿Qué es el autoconsumo instantáneo?
Instalación fotovoltaica de autoconsumo
La información y el contenido más completo sobre el mundo del autoconsumo solar.
May 07, 2025
¿Se va la luz con placas solares? Descúbrelo aquí
Infórmate y entérate de las últimas novedades del autoconsumo solar
Nos ponemos en contacto contigo
Toda la información que necesitas para saber cómo dar el paso al autoconsumo, de la forma más fácil y visual.
¡Descárgate nuestra Guía para entender las claves del autoconsumo!
¿Qué tipos de energía solar hay? ¿Cómo funciona una instalación solar? ¿Cuánto cuesta instalar paneles? Estas respuestas y muchas más aquí
Hola: En cuanto me saldria una instalación de 4kw ( o la maxima que pueda instalar , ahora tengo contratados 3,4kw e imagino que se podria producir 4kw, entiendo que hay un margen justificable). Sin baterias y conectada a la red para vertir los excedentes. Seria en La coruña - A baña un saludo
Hola, Severino. Toda esta información y más la encontrarás solicitando presupuesto en: https://sotysolar.es/solicita-presupuesto/step/s1. Después de realizarlo, te enviaremos un estudio personalizado, inmediato, gratuito y sin compromiso con detalles sobre la instalación, precio,...¡Gracias!
Estoy interesado en instalar fotovoltaica y compensar excendentes. Si mi producción es monofásica ¿puedo compensar mis excedentes de monofásica cuando mi contador es trifásico? La solución evidente que sería instalar un inversor trifásico o cambiar el contador a monofásico no son viables en mi caso por cuestiones técnicas. Muchas gracias por vuestra ayuda.
Hola, Jordi. Gracias por escribirnos. Respecto a tu pregunta, el inversor de tu instalación debe ser igual que tu contador. Lo siento.
Buenas tardes, ¿cuanto se tarda en legalizar la instalación una vez ya han ejecutado y concluido la instalación?
Hola, Javier. La legalización de una instalación depende de la comunidad autónoma en la que te encuentres, pero normalmente suele variar entre 1 y 3 meses. Gracias por contactar.
Necesito precio de legalización instalación de autoconsumo con vertido a Red.
Hola, Aitor. Nosotros sólo realizamos las legalizaciones de nuestras instalaciones, lo siento.
En el caso que una vez legalizada la instalación quisiera ampliar la instalación ¿Tendría que volver a legalizarlo?
Hola, Gonzalo. Sí, habría que volver a legalizarlo como ampliación. Un saludo.
tengo instalada hace 2 años aproximadamente una instalacion de placas para autoconsumo pero no esta legalizada. haceis vosotros el tramite de legalizacion para la compensacion?. saludos
Hola, Jose Luis. Si la instalación no está realizada por nosotros no realizamos ese trámite, lo siento.
Hola, El visto bueno de industria para tramitar el contrato de excedentes a quien se lo comunica? Al técnico o al cliente? Y qué documento es? Gracias.
Hola, María. El visto bueno de industria se lo comunica a la comunidad autónoma, esta a la distribuidora y de ahí a la comercializadora. Un saludo.
En Marín, Pontevedra, piden un proyecto firmado por técnico competente. Lo hacen ustedes?
Hola, José, claro que lo hacemos. Nuestro servicio de instalación es integral, desde asesoramiento y estudio previo hasta instalación y puesta en marcha. Nos encargamos de preparar todo el papeleo para facilitar lo más posible los trámites administrativos.
Buenos dias, en el Ayuntamiento de vilaboa , Galicia me piden proyecto técnico para poner instalación fotovoltaica de menos de 10kw, cuanto cuesta este tramite?. Un saludo